El Senado aprobó el informe de la Comisión Mixta con el borrador final del proyecto de ley que establece las Reglas del Uso de la Fuerza (RUF), el cual está a punto de convertirse en ley. Esta normativa busca establecer un marco legal para las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, así como para las Fuerzas Armadas. Según explicó el ministro de Seguridad, Martin Arrau, Se excluyó a Gendarmería de Chile porque en su ley orgánica se va a incluir cómo se aplica la fuerza. Entonces quedó para Carabineros y Policía de Investigaciones en servicio y para las Fuerzas Armadas en un título aparte, en el caso de que ellos deban hacer uso de ciertas hipótesis, como estados de excepción, y si se llegara a aplicar la infraestructura crítica que todavía está en punto muerto en la Comisión de Defensa del Senado. De acuerdo con el texto, el uso de la fuerza se entiende como una facultad o potestad del personal de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y, cuando corresponda, de las Fuerzas Armadas, que tiene como objetivo hacer cumplir la ley y mantener o restablecer el orden público o la seguridad pública interior. Este uso puede ejercerse mediante distintos medios físicos, mecánicos, cinéticos, químicos, eléctricos u otros, con el potencial de provocar lesiones e incluso la muerte. Todo esto se rige bajo cuatro principios: legalidad, necesidad, responsabilidad y racionalidad. Según el secretario de Estado, esta norma busca considerar situaciones en las que carabineros deben enfrentar escenarios de alto riesgo y tomar decisiones rápidas. Y es ahí donde se plantean estas hipótesis, se va escalando el uso de la fuerza y cuándo se puede usar uno u otro tipo de fuerza, desde la disuasión verbal, disuasivos químicos, hasta llegar al uso de fuerza potencialmente letal, con ciertos criterios de legalidad, explicó. Arrau también aclaró que esta ley no cambia el tipo de armamento que las policías utilizan. Ellos van a salir con los mismos tipos de elementos, desde la disuasión verbal hasta armas de fuego. Son los mismos, pero las hipótesis de empleo hoy día están por rango legal. De hecho, lo que hace esta ley es recoger muchos de los elementos que están en una dispersión de normas y los concentra en la ley. Consultado sobre si esta ley generará un trato distinto por parte de Carabineros hacia manifestantes, Arrau afirmó que las técnicas son exactamente las mismas, pero ahora habrá más certeza sobre qué tipo de respuesta está permitida en cada escenario. Reglas del Uso de la Fuerza para las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública En cuanto a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública —carabineros y PDI— se establece una matriz con cinco grados de resistencia o agresión que corresponden con los grados de uso de la fuerza: 1. Cooperación: colaboración y acatamiento. 2. Resistencia pasiva: negativa sin violencia. 3. Resistencia activa: resistencia física o evasión. 4. Agresión activa: afectaciones sin letalidad. 5. Agresión activa potencialmente letal: afectaciones graves o muerte. También se establecen cinco grados para el uso efectivo por parte del personal policial: 1. Presencia: vigilancia pasiva. 2. Actuación mediante técnicas comunicativas: persuasión verbal. 3. Reducción física: control físico del transgresor. 4. Utilización menos letal: fuerza física o armamento menos letal. 5. Utilización potencialmente letal: medida extrema justificada en casos específicos. Sobre la responsabilidad legal del personal policial frente a estas reglas, Arrau mencionó: Se debe demostrar que incumplieron estas reglas o actuaron con dolo o actuaron inadecuadamente para que puedan ser imputables. Además añadió: Pero también se les da ciertas garantías a los funcionarios mientras son cuestionados o procesados en esta materia. Entonces es una ley que protege bastante a los funcionarios pero también da claridad a la población sobre cuál es el marco. Sobre la publicación oficial de esta ley, Arrau señaló que se debe revisar si se activaron reservas constitucionales lo cual podría extender los plazos previstos inicialmente. Igual son plazos acotados; nosotros esperamos idealmente dentro de este mes que esté publicado, pero hay un proceso intermedio que no depende del gobierno, concluyó. Fuente: BioBioChile
Perú está avanzando en un amplio proceso de modernización de sus Fuerzas Armadas, con planes que incluyen la incorporación de nuevos aviones de combate y la renovación de su flota de tanques. El gobierno de la Presidenta Keiko Fujimori está en negociaciones con Lockheed Martin para adquirir un segundo lote de 12 cazas F-16 Block 70, según informó Radio Bío Bío. Esta operación permitiría a la Fuerza Aérea del Perú contar con una flota de 24 aeronaves, sumándose a las primeras 12 que ya tienen un contrato firmado desde abril pasado. El ministro de Defensa peruano, Rafael Belaúnde Llosa, ha confirmado que completar esta adquisición es una prioridad para el Ejecutivo. El mensaje es claro: las Fuerzas Armadas van a recibir todo el apoyo del gobierno, afirmó. A pesar de las restricciones presupuestarias, el proceso sigue adelante. Belaúnde señaló que el gobierno trabaja para disponer de los recursos necesarios. La concertación del segundo lote es importante para completar los veinticuatro (cazas). En cuanto a la comparación regional, Chile lidera en aviones F-16 con 46 ejemplares, seguido por Perú que cuenta con más de 20 años de experiencia en su uso. Argentina anunció recientemente una flota de 24 aviones comprados a Dinamarca. Venezuela, que en los años 80 adquirió dos docenas de estos cazas, se enfrenta al desafío de mantener su flota actualizada. Además, la modernización peruana también incluye un cambio relevante en sus fuerzas terrestres. Tras evaluar distintos modelos, el Ejército ha optado por el K-2 Black Panther fabricado por Hyundai Rotem. Se espera la adquisición de 150 unidades para reemplazar los antiguos T-55 y AMX-13. El proyecto contempla una inversión significativa y la instalación de una planta de ensamblaje en territorio peruano, así como cooperación tecnológica y coproducción de vehículos blindados K-808 White Tiger. Fuente: Meganoticias
El Senado aprobó el informe de la Comisión Mixta con el borrador final del proyecto de ley que establece las Reglas del Uso de la Fuerza (RUF), el cual está a punto de convertirse en ley. Esta normativa busca establecer un marco legal para las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, así como para las Fuerzas Armadas. Según explicó el ministro de Seguridad, Martin Arrau, Se excluyó a Gendarmería de Chile porque en su ley orgánica se va a incluir cómo se aplica la fuerza. Entonces quedó para Carabineros y Policía de Investigaciones en servicio y para las Fuerzas Armadas en un título aparte, en el caso de que ellos deban hacer uso de ciertas hipótesis, como estados de excepción, y si se llegara a aplicar la infraestructura crítica que todavía está en punto muerto en la Comisión de Defensa del Senado. De acuerdo con el texto, el uso de la fuerza se entiende como una facultad o potestad del personal de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y, cuando corresponda, de las Fuerzas Armadas, que tiene como objetivo hacer cumplir la ley y mantener o restablecer el orden público o la seguridad pública interior. Este uso puede ejercerse mediante distintos medios físicos, mecánicos, cinéticos, químicos, eléctricos u otros, con el potencial de provocar lesiones e incluso la muerte. Todo esto se rige bajo cuatro principios: legalidad, necesidad, responsabilidad y racionalidad. Según el secretario de Estado, esta norma busca considerar situaciones en las que carabineros deben enfrentar escenarios de alto riesgo y tomar decisiones rápidas. Y es ahí donde se plantean estas hipótesis, se va escalando el uso de la fuerza y cuándo se puede usar uno u otro tipo de fuerza, desde la disuasión verbal, disuasivos químicos, hasta llegar al uso de fuerza potencialmente letal, con ciertos criterios de legalidad, explicó. Arrau también aclaró que esta ley no cambia el tipo de armamento que las policías utilizan. Ellos van a salir con los mismos tipos de elementos, desde la disuasión verbal hasta armas de fuego. Son los mismos, pero las hipótesis de empleo hoy día están por rango legal. De hecho, lo que hace esta ley es recoger muchos de los elementos que están en una dispersión de normas y los concentra en la ley. Consultado sobre si esta ley generará un trato distinto por parte de Carabineros hacia manifestantes, Arrau afirmó que las técnicas son exactamente las mismas, pero ahora habrá más certeza sobre qué tipo de respuesta está permitida en cada escenario. Reglas del Uso de la Fuerza para las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública En cuanto a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública —carabineros y PDI— se establece una matriz con cinco grados de resistencia o agresión que corresponden con los grados de uso de la fuerza: 1. Cooperación: colaboración y acatamiento. 2. Resistencia pasiva: negativa sin violencia. 3. Resistencia activa: resistencia física o evasión. 4. Agresión activa: afectaciones sin letalidad. 5. Agresión activa potencialmente letal: afectaciones graves o muerte. También se establecen cinco grados para el uso efectivo por parte del personal policial: 1. Presencia: vigilancia pasiva. 2. Actuación mediante técnicas comunicativas: persuasión verbal. 3. Reducción física: control físico del transgresor. 4. Utilización menos letal: fuerza física o armamento menos letal. 5. Utilización potencialmente letal: medida extrema justificada en casos específicos. Sobre la responsabilidad legal del personal policial frente a estas reglas, Arrau mencionó: Se debe demostrar que incumplieron estas reglas o actuaron con dolo o actuaron inadecuadamente para que puedan ser imputables. Además añadió: Pero también se les da ciertas garantías a los funcionarios mientras son cuestionados o procesados en esta materia. Entonces es una ley que protege bastante a los funcionarios pero también da claridad a la población sobre cuál es el marco. Sobre la publicación oficial de esta ley, Arrau señaló que se debe revisar si se activaron reservas constitucionales lo cual podría extender los plazos previstos inicialmente. Igual son plazos acotados; nosotros esperamos idealmente dentro de este mes que esté publicado, pero hay un proceso intermedio que no depende del gobierno, concluyó. Fuente: BioBioChile
Perú está avanzando en un amplio proceso de modernización de sus Fuerzas Armadas, con planes que incluyen la incorporación de nuevos aviones de combate y la renovación de su flota de tanques. El gobierno de la Presidenta Keiko Fujimori está en negociaciones con Lockheed Martin para adquirir un segundo lote de 12 cazas F-16 Block 70, según informó Radio Bío Bío. Esta operación permitiría a la Fuerza Aérea del Perú contar con una flota de 24 aeronaves, sumándose a las primeras 12 que ya tienen un contrato firmado desde abril pasado. El ministro de Defensa peruano, Rafael Belaúnde Llosa, ha confirmado que completar esta adquisición es una prioridad para el Ejecutivo. El mensaje es claro: las Fuerzas Armadas van a recibir todo el apoyo del gobierno, afirmó. A pesar de las restricciones presupuestarias, el proceso sigue adelante. Belaúnde señaló que el gobierno trabaja para disponer de los recursos necesarios. La concertación del segundo lote es importante para completar los veinticuatro (cazas). En cuanto a la comparación regional, Chile lidera en aviones F-16 con 46 ejemplares, seguido por Perú que cuenta con más de 20 años de experiencia en su uso. Argentina anunció recientemente una flota de 24 aviones comprados a Dinamarca. Venezuela, que en los años 80 adquirió dos docenas de estos cazas, se enfrenta al desafío de mantener su flota actualizada. Además, la modernización peruana también incluye un cambio relevante en sus fuerzas terrestres. Tras evaluar distintos modelos, el Ejército ha optado por el K-2 Black Panther fabricado por Hyundai Rotem. Se espera la adquisición de 150 unidades para reemplazar los antiguos T-55 y AMX-13. El proyecto contempla una inversión significativa y la instalación de una planta de ensamblaje en territorio peruano, así como cooperación tecnológica y coproducción de vehículos blindados K-808 White Tiger. Fuente: Meganoticias